Fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por el Congreso Constituyente Democrático convocado tras la disolución de las dos cámaras del Congreso en el autogolpe de Estado de 1992. Fue aprobada mediante el referéndum de 1993 y aunque los resultados han sido discutidos por algunos sectores, este referéndum de 1993 fue certificado y validado por instituciones y organismos internacionales.
Cabe mencionar que, pese al autogolpe de 1992 y el subsiguiente Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional (GERC), la constitución de 1979 siguió teóricamente en vigencia hasta la expedición y promulgación de la Constitución de 1993. Se considera, de acuerdo con el Tribunal Constitucional, que la Ley de Bases del mencionado GERC y los demás actos emanados del autogolpe fueron ilegales e inconstitucionales de origen, validados luego por las Leyes Constitucionales de 1993 emitidas por el Congreso Constituyente Democrático, y por el referéndum del mismo año. En 2001, en una ley promulgada por el presidente Alejandro Toledo, el Congreso del Perú retiró la firma de Alberto Fujimori de la Constitución.
La Constitución de 1993 es una de las normas fundamentales que más tiempo ha regido en el Perú, siendo superada solo por los textos de 1860 y 1933.
El 22 de noviembre de 1992 se realizaron las elecciones para los 80 representantes al Congreso Constituyente Democrático, el cual no sólo contaría con poderes constituyentes sino también legislativos. La alianza oficialista resultó triunfadora al obtener 44 escaños, con lo cual alcanzó la mayoría absoluta en el CCD.
El Congreso Constituyente fue presidido por Jaime Yoshiyama, mientras que la Comisión de Constitución fue conducida por los juristas Carlos Torres y Torres Lara, como presidente y Enrique Chirinos Soto como vicepresidente.
El CCD se instaló el 30 de diciembre de 1992 y finalizó su labor el 26 de agosto de 1993 con la aprobación del nuevo texto constitucional, el cual sería sometido luego a referéndum para su ratificación por parte de la población.
Consta de 206 artículos, 26 capítulos y 16 disposiciones finales y transitorias, ordenados en 6 títulos, así como un preámbulo y una declaración. Estos artículos se mantiene hasta la actualidad
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